Para acceder a cargos de residencias con financiamiento nacional debe cumplirse con lo
establecido en la Resolución Ministerial N° 1993/15 que establece como requisito: “Ser ciudadano
argentino nativo, por opción o naturalizado. Los extranjeros deberán poseer Documento Nacional
de Identidad emitido por Autoridad Argentina, y cumplir con las condiciones migratorias previstas
en la Ley Nº 25.871 y sus normas reglamentarias y complementarias al momento de su inscripción
al mecanismo de selección”.
Los profesionales graduados en Universidades Extranjeras, sean éstas del ámbito público o
privado, deberán poseer titulación de grado universitaria reconocida por el Ministerio de
Educación de la Nación y haber completado el trámite de reválida, homologación o aquel que
correspondiere del mencionado título.
La antigüedad del título habilitante no puede ser mayor a 5 años para Residencias Básicas y 9 años
para Residencias Post-básicas. Para aquellos aspirantes que hayan realizado su formación de grado
en el extranjero, se tendrá en cuenta la fecha de expedición del título de su universidad de origen,
sin que tenga validez la fecha de convalidación del mismo.
Para la convalidación de títulos obtenidos en el exterior, los interesados deben dirigirse al
Ministerio de Educación de la Nación – Secretaria de Asuntos Universitarios. Más información en la
siguiente página web http://dngusisco.siu.edu.ar/, o vía Correo Electrónico sisco@me.gov.ar.
Teléfono: 0800-333-6293.
Una vez realizada la reválida o la convalidación, los profesionales deberán obtener la Matrícula
Profesional que los habilite para ejercer su profesión (Ministerio de Salud de la Nación y/o en los
lugares indicados por cada jurisdicción).
Cabe destacar que no existen convenios de reconocimiento recíproco de residencias con otros
países.